En Guadalix de la Sierra, cuando son las 19,40 horas del día siete de agosto de 2006, se reúnen en el Salón de Sesiones de este Ayuntamiento, los miembros integrantes de la Comisión Informativa de Urbanismo y Contratación que a continuación se relacionan, en sesión ordinaria y primera convocatoria, bajo la Presidencia del Sr. Alcalde, asistidos por mi, el Vicesecretario.
Asistentes
Alcalde,
Sr. García Yuste, Ángel Luis (PP)
Concejales/as, Sra. Rodríguez Rubio, Noemí (PP) Sra. Blanco
Márquez, María Nuria (PP) Sr. Esteban Fuentes, Vicente Javier
(PSOE) Sr. Márquez Gamo, Amador (PSOE)
Sra. Jiménez Hernán, Inmaculada (GIGS) Sr. Herencia López,
José Antonio (IU)
Vicesecretaría Sr. Pascual Echalecu, José Carlos
Por la Alcaldía-Presidencia se declara abierta la sesión y se pasa a despachar los asuntos que figuran en el Orden del Día, que son los siguientes:
1. ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO DE GESTIÓN DEL SERVICIO
PÚBLICO DE LA ESCUELA MUNICIPAL DE MÚSICA
Por el Vicesecretario se procede a dar lectura a la propuesta de Alcaldía
que es del tenor siguiente:
“Por Providencia de Alcaldía de fecha 15 de junio de 2006,
se inició el expediente para contratar la gestión del servicio
de la Escuela de Música Municipal mediante concesionario.
Considerando que con fecha 16 de junio de 2006, se emitió informe
de Secretaría sobre la Legislación aplicable y el procedimiento
a seguir.
Considerando que con fecha 17 de junio de 2006, se emitió informe
de Intervención sobre los aspectos económicos del contrato
citado.
Considerando que con fecha 19 de junio de 2006, se redactó el Pliego
de Cláusulas Administrativas Particulares para la adjudicación
del concurso.
Considerando que por Decreto de Alcaldía 73/2006, de 22 de junio,
se aprobó el expediente de contratación y el Pliego de Cláusulas
Administrativas Particulares, y se procedió a la apertura del procedimiento
de adjudicación de la contratación de la gestión del
servicio de la Escuela de Música Municipal mediante concesionario
por procedimiento abierto mediante concurso.
Considerando que se procedió a la publicación del anuncio
de licitación del concurso para la contratación referenciada
en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid n. º 156, de
fecha 3 de julio.
Considerando que con fecha 7 de agosto de 2006, la Mesa de Contratación
realizó propuesta de adjudicación a favor de la empresa Sounds
& Imagination S.L.
Visto y analizado el expediente de contratación del contrato de gestión
del servicio de la Escuela de Música Municipal mediante concesionario
así como la propuesta de adjudicación de la Mesa de Contratación,
se solicita el dictamen favorable de la Comisión Informativa al siguiente
acuerdo a adoptar por el Pleno
PRIMERO. Declarar válida la licitación y adjudicar el
contrato de gestión del servicio de la Escuela de Música Municipal
mediante concesión, por procedimiento abierto mediante concurso,
a Sounds & Imagination S.L. en las condiciones que figuran en su proposición.
SEGUNDO. Notificar el presente Acuerdo a los licitadores que no han resultado
adjudicatarios.
TERCERO. Notificar al adjudicatario, en el plazo de diez días, el
presente Acuerdo y requerirle para que dentro de los quince días
siguientes al de la fecha en que reciba la notificación, presente
el documento que acredite haber constituido la garantía definitiva
y se le cite para la firma del contrato.
CUARTO. Publicar la adjudicación en el Boletín Oficial de
la Comunidad de Madrid en el plazo de cuarenta y ocho días, contados
desde la fecha de adjudicación del contrato.
QUINTO. Facultar a la Alcaldía para la firma de cuantos documentos
sean necesarios para la consecución del Acuerdo del Pleno.”
Se procede a la votación de la propuesta, resultando dictaminada favorablemente por unanimidad.
2. ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO DE ENAJENACIÓN DE LAS
PARCELAS SITUADAS EN LOS N. º 16, 18, 20, 22, 24, 26, 28, 30, 32, 34
Y 36 DE LA C/ MANOLETE DE LA URBANIZACIÓN LAS CUMBRES
Por el Vicesecretario se procede a dar lectura a la propuesta de Alcaldía
que es del tenor siguiente:
“Considerando el informe de Secretaría en relación
con el procedimiento y la Legislación aplicable a la enajenación
de las parcelas situadas en los n.º 16, 18, 20, 22, 24, 26, 28, 30,
32, 34 y 36 de la c/ Manolete de la urbanización Las Cumbres, propiedad
del Ayuntamiento.
Considerando el informe de los Servicios Técnicos Municipales, en
el que se realizó una detallada descripción del lote de bienes
inmuebles, siendo valorado en 892.502,97 euros.
Considerando el informe de Intervención, el valor del bien inmueble
supone entre el 20 y el 25 % de los recursos ordinarios del Presupuesto.
Considerando el Acuerdo del Pleno en el que se aprobaba la enajenación
de las parcelas situadas en los n. º 16, 18, 20, 22, 24, 26, 28, 30,
32, 34 y 36 de la c/ Manolete de la urbanización Las Cumbres y su
Pliego de Condiciones, publicándose la licitación en el Boletín
Oficial de la Comunidad de Madrid n. º 156 de fecha 3 de julio de 2006.
Considerando las proposiciones presentadas por H.C. Guadalvir Construcciones,
S.A., Arquitectura y Diseño y Nuevo Collado, S.L.
Considerando la apertura de plicas y que la Mesa de Contratación
eleva propuesta al órgano contratante en favor de Arquitectura y
Diseño.
Realizada la tramitación legalmente establecida, se solicita a la
Comisión Informativa que dictamine favorablemente el siguiente acuerdo
a adoptar por el Pleno por mayoría absoluta del número legal
de miembros de la Corporación:
PRIMERO. Declarar válida la licitación y adjudicar la enajenación
de las parcelas situadas en los n. º 16, 18, 20, 22, 24, 26, 28, 30,
32, 34 y 36 de la c/ Manolete de la urbanización Las Cumbres, por
procedimiento urgente mediante concurso, a Arquitectura y Diseño,
por el precio de 941.591 euros y plazo de cinco días para comenzar
los actos edificatorios después de la concesión de la licencia.
SEGUNDO. Anotar la enajenación en el Inventario municipal de bienes
al efecto de actualizarlo, una vez formalizada la enajenación.
TERCERO. Notificar al adjudicatario y al resto de licitadores, en el plazo
de diez días, el presente Acuerdo y se le requiera para que dentro
de los quince días siguientes al de la fecha en que reciba la notificación,
se realice el pago y se formalice la Escritura pública.
CUARTO. Remitir la documentación necesaria al Registro de la Propiedad
para que efectúen los oportunos asientos registrales.
QUINTO. Facultar al Alcalde, D. Ángel Luis García Yuste, para
que suscriba todas las actuaciones que se deriven del expediente, entre
ellas la firma de la Escritura pública de enajenación.”
Se procede a la votación de la propuesta, resultando dictaminada
favorablemente con los votos a favor de los representantes del PP
y del PSOE y las abstenciones de IU y C.I.G.S.
3. APROBACIÓN DEFINITIVA DEL ESTUDIO DE DETALLE DE LA C/
ERAS DE ARRIBA, 12 DE ESTE TÉRMINO MUNICIPAL
Por el Vicesecretario se procede a dar lectura a la propuesta de Alcaldía
que es del tenor siguiente:
“Aprobado inicialmente por Decreto de Alcaldía 44/2006,
de fecha 4 de abril, el Estudio de Detalle en la c/ Eras de Arriba n. º
12 de este término municipal, ha sido sometido a información
pública durante el plazo de veinte días, en el Boletín
Oficial de la Comunidad de Madrid n. º 86, de fecha 11 de abril, en
un periódico de los de mayor difusión de la Comunidad Autónoma
y en el tablón de edictos del Municipio.
Habiéndose presentado en el período de información
pública alegaciones por D. ª Rosa Baonza Esteban.
Y habiéndose presentado por el promotor del Estudio de Detalle escrito
registrado en el que manifiesta su desacuerdo con las siguientes alegaciones,
toda vez que a su juicio no se ha producido indefensión al alegante,
es necesaria la aprobación del Estudio de Detalle y la creación
del viario identificado como zona 2 no es contrario a las previsiones de
las NN.SS. de planeamiento de Guadalix de la Sierra, esta Alcaldía,
de conformidad con lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley 7/1985,
de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, solicita
el dictamen favorable de la Comisión informativa al acuerdo siguiente
a elevar al Pleno:
PRIMERO. Desestimar las alegaciones formuladas por D. ª Rosa Baonza
Esteban con base en que no se ha producido indefensión al alegante,
que es necesaria la aprobación del Estudio de Detalle y que la creación
del viario identificado como zona 2 no es contrario a las previsiones de
las NN.SS. de planeamiento de Guadalix de la Sierra, asumiendo a efectos
de fundamentación jurídica los criterios jurídicos
y técnicos del informe que obra en el expediente.
SEGUNDO. Aprobar definitivamente el Estudio de Detalle que afecta a la c/
Eras de Arriba n. º 12 de este término municipal.
TERCERO. Una vez aprobado definitivamente, se notificará a los propietarios
de los terrenos comprendidos en el ámbito afectado por el Estudio
de Detalle y se publicará el Acuerdo de aprobación definitiva
en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.”
El Sr. Alcalde manifiesta que teniendo conocimiento de que no se ha notificado
al alegante y que existen dudas sobre el procedimiento seguido propone
retirar este punto del orden del día. Se promueve debate
en el que se manifiesta la extrañeza de que en el expediente
exista una contestación a las alegaciones por el promotor del Estudio
de Detalle, lo que se considera improcedente.
El Vicesecretario manifiesta que esas alegaciones han de ser estimadas o
desestimadas por el Pleno, y que a tales efectos asume como propia, dada
su corrección jurídica, la contestación a las alegaciones
efectuada por el promotor del Estudio de Detalle.
El Sr. Alcalde acuerda retirar este punto del orden del día.
Y no habiendo más asuntos que tratar, se levanta la sesión
a indicación de la Presidencia, cuando son las 20,20 horas, de la
cual se extiende la presente Acta, que es firmada por el Alcalde-Presidente
y por esta Secretaría General, que la certifico.
El Alcalde-Presidente, El Vicesecretario,
Ángel Luis García Yuste
José Carlos Pascual Echalecu