En Guadalix de la Sierra, cuando son las 19,00
horas del día cinco de julio de 2007, se reúnen en el
Salón de Sesiones de este Ayuntamiento» los miembros
integrantes del Ayuntamiento Pleno que a continuación se
relacionan, en sesión extraordinaria y primera convocatoria,
bajo la Presidencia del Sr. Alcalde, asistidos por mi, el
Vicesecretario.
Asistentes
Concejales/as,
Sr. García Yuste, Ángel Luis (PP)
Sr. Blázquez Morcillo, Francisco Javier (PP)
Sra. Blanco Márquez, María Nuria (PP)
Sra. Rodríguez Rubio» Noemí (PP)
Sra. Esteban Revíifa, Ana Isabel (PP)
Sr. López García, Pedro Luis (PP)
Sr. Hevía Gómez, Reinerío (PP)
Sr. López Espinosa, Carlos (PP)
Sr. Esteban Fuentes, Vicente Javier (PSOE)
Sr. Revilla Martínez, Julio (PSOE)
Sr. Martínez Sierra, José Luis (IU)
Sra. Jiménez Hernán, Inmaculada (CIGS)
Excusa su presencia:
Sra. Rodríguez Mingúela, María Victoria (PSOE)
Vícesecretaría
Sr. Pascual Echalecu, José Carlos
Por la Alcaldía-Presidencia se declara abierta la sesión
y se pasa a despachar los asuntos que figuran en el Orden del
Día.
1. APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL ACTA 7/2007»
CORRESPONDIENTE A LA SESIÓN DE 16 DE JULIO
El acta, que ha sido entregada a los concejales junto con la
convocatoria, es aprobada por unanimidad.
2. DACIÓN EN
CUENTA DE LA
CONSTITUCIÓN DE LOS GRUPOS
POLÍTICOS Y PORTAVOCÍAS DE LOS MISMOS
Por parte de la Vicesecretaría se da cuenta de la
constitución de los grupos políticos munlcípales
del Partido Popular, Partido Socialista Obrero Español,
Izquierda Unidad y Candidatura Independiente de Guadalix de la Sierra.
Igualmente se da cuenta de las Portavocías, correspondiendo la
del Partido Popular a D. a Nuria Blanco Márquez, la del Partido
Socialista Obrero Español a D. Vicente Javier Esteban Fuentes,
la de Izquierda Unida a D. José Luis Martínez Sierra y la
de la Candidatura Independiente de Guadalix de la Sierra a D.a
Inmaculada Jiménez Hernán.
3.
DETERMINACIÓN DE
LA PERIODICIDAD
DE LAS SESIONES PLENARIAS
El Sr. Vicesecretario procede a dar lectura de la propuesta de
Alcaldía que es del siguiente tenor literal:
"VISTO el art. 46.2 a) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de
las Bases del Régimen local, los Ayuntamientos de los municipios
de una población entre 5.001 habitantes y 20.000 habitantes
deberán celebrar sesión ordinaria al menos una vez cada
dos meses, esta Alcaldía propone al Pleno la adopción del
siguiente
ACUERDO Establecer que las sesiones ordinarias del Pleno tendrán
lugar cada dos meses."
D. Vicente Javier Esteban Fuentes pregunta por que no se ha fijado como
en ocasiones precedentes el día y la hora en el que se
celebrarán los plenos ordinarios. El Sr. Alcalde responde que no
especificarán dichos extremos para evitar que cuando por razones
diversas haya de trasladarse la sesión a un día diferente
del previsto, el Pleno haya de tildarse de extraordinario, No obstante,
indica que la intención es que los Plenos ordinarios tengan
lugar los primeros jueves del mes correspondiente a las 19,00 horas.
D. José Luis Martínez
Sierra critica la reducción de la previsión de un Pleno
ordinario al mes -que venía siendo lo habitual- a uno cada dos
meses, sobre todo teniendo en cuenta el aumento de la
población que viene teniendo lugar en Guadalix de la Sierra. El
Sr. Alcalde señala que su propuesta se ajusta a lo que contempla
la LRBRL para municipios de este tamaño poblacional, apuntando el concejal de IU que lo que
establece la Ley es un mínimo de celebración de un pleno
ordinario cada dos meses, no un máximo, a lo que replica el Sr.
Alcalde que lo que no es normal es hacer un Pleno cada mes.
D. a Inmaculada Jiménez Hernán censura tanto la
eliminación de la previsión de los plenos ordinarios
mensuales como la falta de fijación del día y hora en el
que tendrán lugar.
Se procede a la votación, resultando aprobada con los votos a
favor de todos los concejales del Partido Popular y los votos en contra
de los concejales del PSOE» IU y CiGS.
4.
DELEGACIÓN DE COMPETENCIAS PLENAR1AS EN LA JUNTA DE GOBIERNO
LOCAL Y DE PETICIÓN DE SUBVENCIONES EN EL ALCALDE
El Sr. Vicesecretario procede a dar lectura de la propuesta de
Alcaldía que es del siguiente tenor literal:
"CELEBRADAS las elecciones locales el pasado día 27 de mayo de
2007.
RESULTANDO que el Pleno del Ayuntamiento puede delegar a favor de la
Junta de Gobierno local el ejercicio de sus atribuciones, siempre y
cuando no se encuentren dentro de los supuestos previstos en el art.
22.4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del
Régimen local.
Y CONSIDERANDO que es objetivo de esta Alcaldía dotar de una
mayor celeridad y eficacia a la actuación municipal, se propone
al Pleno la adopción del siguiente
ACUERDO
Primero. Delegar en el Alcalde la petición de subvenciones y
delegar en la Junta de Gobierno local todas las atribuciones plenarias
susceptibles de delegación.
Segundo. Las atribuciones delegadas se ejercerán por la Junta de
Gobierno local en los términos y dentro de los límites de
esta delegación, no siendo susceptibles de ser delegadas en
ningún otro órgano.
En el texto de los acuerdos adoptados por la Junta de Gobierno local en
virtud de esta delegación, se tendrá que hacer constar de
forma expresa esta circunstancia, mediante la inclusión, en la
parte expositiva, del texto siguiente:
"Considerando que la adopción de este acuerdo es competencia de
esta Junta de Gobierno local, en virtud de las delegaciones acordadas
por este Ayuntamiento en sesión plenaria celebrada el día
5 de julio de 2007...".
Los acuerdos que se adopten por delegación, se entenderán
dictados por el Pleno del Ayuntamiento como titular de la competencia
originaría, órgano al que se tendrá que mantener
informado del ejercicio de la delegación, mediante la
remisión de los borradores de las actas de la Junta de Gobierno
local a todos los concejales de la Corporación, y serán
inmediatamente ejecutivos y presuntamente legítimos.
Tercero. De conformidad con lo dispuesto en el art. 51.2 del Reglamento
de Organización, Funcionamiento y Régimen jurídico
de las Entidades locales aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de
noviembre, estas delegaciones tendrán efecto desde el día
siguiente a la adopción de este acuerdo, sin perjuicio de su
publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de
Madrid, y tendrán carácter indefinido, sin perjuicio de
la potestad de avocación por el Pleno.
Cuarto. Salvo en los supuestos de urgencia, con carácter previo
a su inclusión en el orden del día, los asuntos que se
hayan de someter a la Junta de Gobierno local como consecuencia de esta
delegación, tendrán que ser previamente dictaminados por
la Comisión informativa competente por razón de la
materia, al objeto de dar cumplimiento a lo previsto en el art. 123 del
Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen
jurídico de las Entidades locales.
Quinto. Publicar este acuerdo en el Boletín Oficial de la
Comunidad de Madrid y en el tablón de anuncios de la
Corporación municipal."
D. José Luis Martínez
Sierra apunta que con esta propuesta se trata de suprimir competencias
resolutivas al Pleno y eliminar el diálogo que pudiera haber
entre Equipo de Gobierno y oposición. Señala que
sería una muestra de buena voluntad por parte de aquel que a
cambio de transferir las atribuciones plenarias a la Junta de Gobierno
local se crease una Comisión informativa específica de
Urbanismo, lo que es rechazado por el Sr. Alcalde.
D. a Inmaculada Jiménez Hernán ironiza sobre las razones
esgrimidas por la Alcaldía para proponer este acuerdo y dice que
sustituiría los términos "celeridad" y "eficacia" por el
de "oscuridad". El Sr. Alcalde se defiende apuntando que ésta es
una fórmula que busca la operatividad en la gestión
diaria del Ayuntamiento.
Se procede a la votación, resultando aprobada con los votos a
favor de todos los concejales del Partido Popular y los votos en contra
de los concejales del PSOE, lUyCiGS.
5.
CREACIÓN DE COMISIONES INFORMATIVAS
El Sr. Vicesecretario procede a dar lectura de la propuesta de
Alcaldía que es del siguiente tenor literal:
"SIENDO NECESARIO proceder a la creación y determinación
de la composición de las Comisiones Informativas de
carácter permanente de este Ayuntamiento, con el objeto de dotar
al mismo de órganos complementarios de carácter asesor.
CONSIDERANDO que de conformidad con lo dispuesto por los
artículos 134 y siguientes del Reglamento de
Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de
las entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de
noviembre, corresponde al Pleno de cada Corporación determinar
el numero y la denominación de estas Comisiones Informativas de
estudio y dictamen, tanto cuando nacen con vocación de
permanencia por obedecer a la estructura del ámbito competencia!
del Ayuntamiento, como cuando nacen con carácter temporal con el
objeto de tratar temas específicos,
Y CONSIDERANDO que de conformidad con el precepto citado, estas
Comisiones han de estar integradas por los miembros que designen los
diferentes Grupos Políticos que forman parte de la
Corporación, en proporción a su representatividad en este
Ayuntamiento, esta Alcaldía propone al Pleno la adopción
de los siguientes
ACUERDOS
PRIMERO.- Crear las Comisiones
Informativas de carácter permanente siguientes:
1)Comisión especial de cuentas, que actuará
como Comisión informativa permanente para los
asuntos relativos a Economía y Hacienda.
2)Comisión Informativa de Pleno, para el resto de asuntos.
SEGUNDO.- Las Comisiones Informativas estarán integrada por los
miembros siguientes:
1)Presidente: El Alcalde o Concejal en quien delegue.
2)Vocales: Cinco representantes del Grupo Municipal del Partido
Popular, dos representantes del Grupo Municipal del Partido Socialista
Obrero Español, un representante del Grupo Municipal de
Izquierda Unida y un representante del Grupo Municipal de la
Candidatura Independiente de Guadalix de la Sierra.
TERCERO.- Las funciones de estas Comisiones Informativas de
carácter permanente, serán el estudio y dictamen previo
de los asuntos que se sometan a la decisión del Pleno o de la
Junta de Gobierno local y de la Alcaldía, en estos dos
últimos supuestos cuando estos órganos actúen por
delegación de aquél, pudiendo intervenir también
en relación con otros asuntos que no sean de la competencia del
Pleno de la Corporación, cuando el órgano competente les
solicite su dictamen.
CUARTO.- Comunicar este acuerdo a los diferentes Grupos
Políticos Municipales, haciéndoles saber que
deberán designar sus representantes en cada Comisión
junio con un suplente, notificándolo por escrito a la
Secretaría de esta Corporación en el plazo de una semana
a contar desde la comunicación referida, quedando facultado el
señor Alcalde para, mediante Decreto, proceder a su nombramiento.
D. Vicente Javier Esteban Fuentes da lectura a un párrafo del
acta de la sesión constitutiva celebrada el pasado 16 de junio
en la que el Sr. Alcalde aseguraba que "pese a la mayoría
absoluta conseguida, su objetivo es el trabajo conjunto entre todas las
fuerzas políticas e indica que, como ha hecho en la pasada
legislatura, su finalidad es gobernar y pactar" y dice que a la luz de
ésta y otras propuestas que se han elevado a este Pleno es falso
lo que entonces expuso el Alcalde. El Sr. Alcalde responde que se ha
constituido una única comisión informativa
(abstracción hecha de la de Cuentas, por imperativo legal) para
conseguir una mayor funcionalidad en la actuación municipal, y
que en todo caso seguirán estando representados los mismos
concejales.
D. José Luis Martínez
Sierra critica que tanto en éste como en el resto de las
propuestas el Alcalde no haya dialogado antes con la Oposición
para intentar llegar a algún tipo de acuerdo. Muestra su
sorpresa por la eliminación de la Comisión
específica sobre Urbanismo, respondiendo el Sr. Alcalde que para
él no es tan importante como para IU y que en todo caso todos
los asuntos que deban ir a Comisión informativa seguirán
siendo sometidos a dictamen de la misma, aunque ésta
tendrá carácter genérico.
D. a Inmaculada Jiménez Hernán afirma que no le parece
muy legal la constitución de una única comisión
informativa (sin perjuicio de la de Cuentas) ya que en el ROF se
señala que el número y denominación de las
Comisiones informativas deberá reflejar las grandes áreas
de funcionamiento municipal. Pregunta también sí se ha
estudiado la posibilidad de establecer el voto ponderado en las
Comisiones y que no tengan que asistir 5 concejales del PP a las
mismas, respondiendo el Sr. Alcalde que no.
Se procede a la votación, resultando aprobada con los votos a
favor de todos los concejales del Partido Popular y los votos en contra
de los concejales del PSOE, iU y C1GS.
6. DACIÓN
EN CUENTA DEL DECRETO 1/2007, DE 2 DE JULIO» POR EL QUE SE
DESIGNA A D. PEDRO LUÍS LÓPEZ GARCÍA TENIENTE DE
ALCALDE
El Sr. Vicesecretario procede a dar lectura del Decreto de
Alcaldía, cuya parte resolutiva es del siguiente tenor literal:
"PRIMERO. Designar como Teniente de Alcalde del Ayuntamiento de
Guadalix de la Sierra al Concejal D. Pedro Luis López
García, al cual corresponderá en cuanto tal sustituir al
Alcalde en la totalidad de sus funciones en los casos de ausencia,
enfermedad o impedimento que imposibilite a este para el ejercicio de
sus atribuciones,
SEGUNDO, Notificar personalmente la presente resolución al
designado, que se considerará aceptada tácitamente, salvo
manifestación expresa; y remitir la Resolución de
nombramiento al Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid para
su publicación en el mismo; igualmente publicar la
Resolución en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, sin
perjuicio de su efectividad desde el día siguiente de la firma
de la resolución por el Alcalde.
TERCERO. Dar cuenta al Pleno del Ayuntamiento de esta resolución
en la primera sesión que celebre."
D. a Inmaculada Jiménez Hernán pregunta la razón
por la que el Teniente de Alcalde es un concejal sin dedicación
específica y en concreto porque no lo es el concejal de
Urbanismo, respondiendo el Sr, Alcalde que existen razones personales y
de grupo, y que en todo caso D. Pedro Luis López García
tiene experiencia política y no tiene porque existir una
relación vinculante entre la concejalía delegada de
Urbanismo y la ostentación de la Tenencia de Alcaldía.
7. DACIÓN
EN CUENTA DEL DECRETO 2/200?, DE 2 DE JULIO» POR EL QUE SE
NOMBRAN LOS MIEMBROS DE LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL
El Sr. Vicesecretario procede a dar lectura del Decreto de
Alcaldía, cuya parte resolutiva es del siguiente tenor literal:
PRIMERO. Nombrar miembros de la Junta de Gobierno Local a los
siguientes Concejales:
Sr D. Pedro Luis López García. Sr, D. a Noemí
Rodríguez Rubio. Sr. D. Reine río Hevia Gómez. Sr.
D. Carlos López Espinosa.
SEGUNDO. Establecer las sesiones ordinarias de la Junta de Gobierno
Local, que tendrán lugar cada 15 días en el Salón
de Sesiones del Ayuntamiento o lugar habilitado al efecto, ello sin
perjuicio de previsión diferente que se establezca en su caso en
el Reglamento Orgánico del Ayuntamiento,
TERCERO. Corresponde a la Junta de Gobierno Local, además de la
asistencia permanente al Alcalde en el ejercicio de sus atribuciones,
las competencias que en su caso se le deleguen.
CUARTO. Notificar personalmente la presente resolución a los
designados, que se considerará aceptada tácitamente,
salvo manifestación expresa; y remitir el Resolución del
nombramiento al Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid para
su publicación en el mismo, igualmente publicar el
Resolución en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, sin
perjuicio de su efectividad desde el día siguiente de la firma
de la resolución por el Alcalde.
QUINTO. Dar cuenta al Pleno del Ayuntamiento de esta resolución
en la primera sesión que se celebre."
D. José Luis Martínez Sierra pregunta por las razones que
han llevado a constituir una Junta de Gobierno local sin que entre sus
miembros estén el concejal de Urbanismo y el de
Educación, que considera dos parcelas claves, El Sr. Alcalde
señala que la presencia del concejal D. Pedro Luis López
García es obligada al ser nombrado Teniente de Alcalde y que la
razón del nombramiento del resto de miembros tiene como
fundamento el que se impliquen y se involucren en la gestión
municipal. Además, señala que el resto de concejales
asistirán a la Junta para informar. Añade D. a
Noemí Rodríguez Rubio que dicho concejal ya estaba en la
anterior legislatura con competencias importantes como la de Urbanismo.
D. Vicente Javier Esteban Fuentes opina de la misma forma que el
concejal de IU y añade que lo lógico es que los
concejales a los que se reconozca una mayor dedicación sean los
que más responsabilidad tengan, y que en esa responsabilidad
debe incluirse la capacidad de resolver los asuntos que se hayan de
adoptar en el seno de la Junta de Gobierno local.
D.a Inmaculada Jiménez
Hernán muestra su extrañeza porque el Pleno esté
delegando sus competencias delegables en materia de Urbanismo en la
Junta de Gobierno local y en dicha Junta no esté el concejal de
Urbanismo.
8. DACIÓN
EN CUENTA DEL DECRETO 3/2007» DE 2 DE JULIO, POR EL QUE SE
RESUELVEN LAS DELEGACIONES GENÉRICAS DE ATRIBUCIONES DEL ALCALDE
EN CONCEJALES
El Sr. Vicesecretario procede a dar lectura del Decreto de
Alcaldía, cuya parte resolutiva es del siguiente tenor literal:
PRIMERO. Delegar:
Las áreas de Urbanismo y Servicios al Concejal Sr.
D. Francisco Javier Blázquez Morcillo.
Las áreas de Nuevas Tecnologías y Comunicaciones,
Personal, Empleo y Mujer a la Concejala Sra, D. a Nuria Blanco
Márquez,
Las áreas de Economía y Hacienda a la Concejala Sra. D. a
Noemí Rodríguez Rubio.
Las áreas de Educación,
Servicios Sociales, Mayor y Recaudación
a la Concejala Sra. D, a Ana Isabel Esteban Revilla.
Las áreas de Juventud, Cultura, Festejos y Turismo al Concejal
Sr. D. Pedro Luis López García.
Las áreas de Seguridad, Sanidad y Protección Civil al
Concejal Sr. D. Reinerío He vi a Gómez.
Las áreas de Medio Ambiente y Urbanizaciones al Concejal Sr. D.
Carlos López Espinosa.
SEGUNDO. Las delegaciones antedichas conllevarán la facultad de
dirigir los servicios correspondientes como la de gestionarlos, en
general, incluida la facultad de resolver mediante actos
administrativos que afecten a terceros.
TERCERO. Notificar personalmente la presente resolución a los
designados, que se considerará aceptada tácitamente,
salvo manifestación expresa; y remitir el Resolución del
nombramiento al Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid para
su publicación en el mismo, igualmente publicar la
Resolución en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, sin
perjuicio de su efectividad desde el día siguiente de la firma
de la resolución por el Alcalde."
Se suscita debate
en torno a la figura del Tesorero, indicando el Sr. Alcalde que sus
funciones de momento las hará D. a Noemí Rodríguez
Rubio. Preguntado el Vicesecretario, éste responde que la
población de derecho de Guadalix de la Sierra impide que el
Tesorero sea un concejal, debiendo recaer dicha función en un
funcionario. El Sr. Alcalde confirma que ello tendrá
lugar cuando se aprueben los Presupuestos, ya que si ningún
funcionario quiere serlo habrá que dotar económicamente
una plaza para proveerla por el sistema de selección preceptivo.
La oposición critica que D. a Noemí Rodríguez
Rubio ejerza la función de tesorería siquiera de forma
transitoria ya que no hay nombramiento oficial de la misma, requisito
que entienden necesario.
9.
NOMBRAMIENTO DE REPRESENTANTES DEL
AYUNTAMIENTO EN LOS ÓRGANOS COLEGIADOS DE LOS QUE
FORMA PARTE
El Sr. Vicesecretario procede a dar lectura de la propuesta de
Alcaldía que es del siguiente tenor literal:
De conformidad con lo previsto en la legislación de
régimen local, esta Alcaldía propone al Pleno la
adopción del siguiente
ACUERDO
Primero, Nombrar representante del Ayuntamiento en los Consejos
escolares de los centros educativos del municipio a D. a Ana Isabel
Esteban Revilla.
Segundo. Nombrar representantes del Ayuntamiento en la Mancomunidad de
Servicios Sociales "Vega de Guadalix" a D, Ángel Luis
García Yuste y a D, a Ana Isabel Esteban Revilla.
Tercero, Nombrar representantes del Ayuntamiento en la Mancomunidad del
servicio de Basuras a D. Ángel Luis García Yuste y a D.
Francisco Javier Blázquez Morcillo,
Cuarto, Nombrar representante del Ayuntamiento en las Juntas de
Compensación a D. Francisco Javier Blázquez Morcillo y en
las entidades urbanísticas de conservación a D. Carlos
López Espinosa,
Quinto. Nombrar representante del Ayuntamiento en ADENI a D.
Ángel Luis García Yuste."
Sexto. Nombrar representante del Ayuntamiento para el resto de
órganos colegiados que se puedan constituir a D. Ángel
Luís García Yuste o concejal en quien delegue.
D. Vicente Javier Esteban Fuentes anticipa el voto en contra de su
grupo por no haber contado con el mismo ni en ésta ni en las
anteriores propuestas.
Se procede a la votación, resultando aprobada con los votos a
favor de todos los concejales del Partido Popular y los votos en contra
de los concejales del PSOE, lUyCIGS.
10. DETERMINACIÓN DE LOS CARGOS
Y DESARROLLO BE FUNCIONES EN RÉGIMEN DE DEDICACIÓN
ESPECIAL Y FIJACIÓN DE LAS RETRIBUCIONES CORRESPONDIENTES Y DE
LAS ASISTENCIAS POR CONCURRIR EN LOS ÓRGANOS COLEGIADOS.
El Sr. Vicesecretario procede a dar lectura de la propuesta de
Alcaldía que es del siguiente tenor literal:
"A la vista del informe de Intervención de 2 de julio por el que
se declara la existencia de suficiente consignación
presupuestaria para proceder al pago de las retribuciones determinadas,
esta Alcaldía propone al Pleno la adopción del siguiente
ACUERDO
PRIMERO. Determinar que el cargo de Presidencia se realice en
régimen de dedicación exclusiva por la especial
responsabilidad que conlleva su ejercicio, estableciendo a favor de su
titular una retribución anual bruta de 39,900 €, que se
percibirán en catorce pagas, doce correspondientes a las
diferentes mensualidades del año y las dos restantes
correspondientes a las mensualidades de junio y diciembre, y darles de
alta en el régimen general de la Seguridad Social, debiendo
asumir esta Corporación el pago de las cuotas empresariales que
corresponda.
SEGUNDO. Determinar que el desarrollo de responsabilidades en materia
de "Urbanismo y Servicios", "Nuevas Tecnologías y
Comunicaciones, Personal, Empleo y Mujer" y "Educación,
Servicios Sociales, Mayor y Recaudación" se realice en
régimen de dedicación parcial, debiendo tener una
presencia efectiva mínima en el Ayuntamiento de 36 horas
semanales, estableciendo a favor de los miembros de la
Corporación que desempeñen sus cargos en régimen
de dedicación parcial, las retribuciones que a
continuación se relacionan, que se percibirán en catorce
pagas, doce correspondientes a las diferentes mensualidades del
año y las dos restantes correspondientes a las mensualidades de
junio y diciembre, y darles de alta en el régimen general de la
Seguridad Social, debiendo asumir esta Corporación el pago de
las cuotas empresariales que corresponda.
a)El desarrollo de responsabilidades en materia de "Urbanismo y
Servicios" y en materia de "Nuevas Tecnologías y Comunicaciones,
Personal, Empleo y Mujer" percibirá una retribución anual
bruta de 29,400 €.
b)El desarrollo de responsabilidades en materia de
"Educación, Servicios Sociales, Mayor y
Recaudación" percibirá una retribución anual bruta
de 22.960 €
TERCERO. Sólo los miembros de la Corporación que no
tengan dedicación exclusiva ni dedicación parcial
percibirán asistencias por la concurrencia efectiva a las
sesiones de los órganos colegiados de la Corporación de
que formen parte, en la cuantía siguiente:
a)Asistencia por concurrir a Plenos: 100 euros por cada sesión.
b)Asistencia por concurrir a Juntas de Gobierno local: 100 euros para
cada sesión.
c)Asistencia por concurrir a Comisiones Informativas: 100 euros para
cada sesión.
CUARTO, Que se publique en el Boletín Oficial de la Provincia el
Acuerdo plenarío, a los efectos de su general conocimiento, dada
su trascendencia.
El Vicesecretario da cuenta del Decreto 4/2007, de 5 de julio, por el
que se aprueba la relación de cargos que se han de
desempeñar en régimen de dedicación exclusiva o
parcial, se reconocen sus derechos económicos y se fijan las
retribuciones que les correspondan, cuya parte resolutiva es la
siguiente;
PRIMERO. Designar a D. Ángel Luis García Yuste Miembro
Corporativo que ha de desempeñar su cargo en régimen de
dedicación exclusiva, con las retribuciones que en su caso
establezca el Pleno.
Designar a D. Francisco Javier Blázquez Morcillo, D. a Nuria
Blanco Márquez y D. a Ana Isabel Esteban Revilla Miembros
Corporativos que han de desempeñar sus cargos en régimen
de dedicación parcial, con las retribuciones que en su caso
establezca el Pleno.
SEGUNDO. Dar de alta a los designados en el régimen general de
la Seguridad Social de conformidad con el articulo 75.1 y 2 de la LBRL
TERCERO, Notificar la presente Resolución a los interesados a
los efectos de su aceptación, que se entenderá
tácitamente aceptada si en el plazo de 2 días no
manifiestan oposición alguna.
CUARTO, Dar cuenta al Pleno de la Corporación de conformidad con
el artículo 13,4 del ROF.
QUINTO. Que se publique en el Boletín Oficial de la Comunidad de
Madrid de forma íntegra la presente Resolución, a los
efectos de su general conocimiento.
D. Vicente Javier Esteban Fuentes vuelve a reclamar diálogo a la
hora de resolver este tipo de acuerdos y pone de manifiesto las subidas
del sueldo, que en el caso del Sr. Alcalde tilda de "excesiva".
Pregunta si se va a poner a disposición de la oposición
como ordena el ROF locales para reunirse, respondiendo ei Sr. Alcalde
que se tendrá en consideración su petición, pero
que no está en el orden del día y por lo que no es objeto
de respuesta o debate. No obstante, D. Francisco Javier Blázquez
Morcillo aclara que cuando termine la construcción del Edificio
Polivalente se darán despachos a los grupos de la
oposición. Mientras tanto asegura no es posible, y muestra de
ello es que ni siquiera todos los concejales del equipo de gobierno
tienen despachos.
D. José
Luis Martínez Sierra afirma que en su opinión una
dedicación parcial de 36 horas semanales mínima
debería ser contemplada como dedicación exclusiva y
afirma que dado que a su juicio la concejalía de
Educación tiene una
trascendencia y un trabajo innegable, propone como enmienda que se
equipare la retribución para dicha dedicación a la del
resto.
D. a Inmaculada Jiménez Hernán
pregunta sobre las cantidades a cobrar por los concejales, aclarando D.
Francisco Javier Blázquez Morcillo que las cantidades netas son
2.000 euros para el Alcalde, 1.500 euros para D. a Nuria Blanco
Márquez y él, y 1200 euros para D. a Ana Isabel Esteban
Revilia. También pregunta por la consignación
presupuestaría, señalando D. a Noemí
Rodríguez Rubio que se ha procedido a realizar una
modificación presupuestaría.
Se procede a la votación de la propuesta de Alcaldía,
resultando aprobada con los votos a favor de todos los concejales del
Partido Popular y los votos en contra de los concejales del PSOE, 1U y
CIGS, por lo que no ha lugar a la votación de la enmienda
presentada por 1U en relación a la equiparación del
sueldo de la dedicación relativa a Educación con el resto.
Y no habiendo más asuntos que tratar, se levanta la
sesión a indicación de la Presidencia, cuando son las
20,00 horas, de la cual se extiende la presente Acta, que es firmada
por el Alcalde-Presidente y por esta Vicesecretaría, que la
certifico.