En Guadalix de la Sierra, cuando son las 19,10 horas del día diez de agosto de 2006, se reúnen en el Salón de Sesiones de este Ayuntamiento, los miembros integrantes del Ayuntamiento Pleno que a continuación se relacionan, en sesión ordinaria y primera convocatoria, bajo la Presidencia del Sr. Alcalde, asistidos por mi, el Vicesecretario.
Asistentes: Alcalde, Sr. García Yuste, Ángel Luis (PP)
Concejales/as: Sr. García Nieto, Vicente (PP) Sr. López García,
Pedro Luis (PP) Sra. Blanco Márquez, María Nuria (PP)
Sra. Rodríguez Rubio, Noemí (PP) Sr. Esteban Fuentes, Vicente
Javier (PSOE) Sr. Hernán Barrio, José Julio (PSOE)
Sr. Márquez Gamo, Amador (PSOE) Sra. Jiménez Hernán,
Inmaculada (CIGS) Sr. Herencia López, José Antonio (IU)
Vicesecretaría Sr. Pascual Echalecu, José Carlos
Intervención Sra. Otal García, Ana María
No asistentes Sr. Herencia López, José Antonio (IU), que
ha excusado previamente su presencia.
Sra. Rubio Rodríguez, Felisa (PSOE).
Por la Alcaldía-Presidencia se declara abierta la sesión y se pasa a despachar los asuntos que figuran en el Orden del Día.
1. APROBACIÓN, EN SU CASO, DE LAS ACTAS 9/2006 Y 10/2006,
CORRESPONDIENTES A SENDAS SESIONES DE 26 DE JUNIO DE 2006
D. José Antonio Herencia López manifiesta que respecto del
Acta 10/2006 no excusó la presencia dado que cuando comunicó
la ausencia aún no había sido convocado a la sesión.
El Vicesecretario asiente y las Actas son aprobadas por
unanimidad con la enmienda de referencia.
2. DACIÓN EN CUENTA DE DECRETOS DE ALCALDÍA 57/2006
A 85/2006 Y RESOLUCIONES DEL CONCEJAL DELEGADO DE URBANISMO 85/2006 A 130/2006
Los Sres. Concejales se dan por enterados del contenido de los Decretos
y de las resoluciones del Concejal delegado de urbanismo de referencia,
los cuales han estado a su disposición y han sido referenciados en
la convocatoria de la sesión.
D. José Antonio Herencia López desea realizar algunas preguntas
sobre los citados Decretos, conminándole el Sr. Alcalde a que lo
haga en el punto de Ruegos y Preguntas.
3. RESOLUCIÓN DE LAS ALEGACIONES PRESENTADAS CONTRA LA APROBACIÓN
DEL PRESUPUESTO GENERAL PARA EL EJERCICIO 2006
Por el Sr. Vicesecretario se procede a dar lectura de la propuesta de Alcaldía,
que es del tenor siguiente:
Visto el Proyecto de Presupuesto General del Ayuntamiento para el ejercicio
de 2006 formado por la Alcaldía, de acuerdo con lo dispuesto por
el artículo 162 y siguientes del Texto Refundido de la Ley Reguladora
de las Haciendas Locales en concordancia con el artículo 18 del Real
Decreto 500/1990.
Considerando que el proyecto de Presupuesto lleva unidos los documentos
exigidos por la normativa en vigor.
Sometido a trámite de información pública el Presupuesto
inicialmente aprobado mediante publicación de anuncio en el Boletín
Oficial de la Comunidad de Madrid n. º 154 de 30 de junio de 2006.
Visto el escrito de alegaciones presentado por D. José Antonio Herencia
López contra la aprobación inicial del Presupuesto municipal
de fecha 17 de julio de 2006 y número de Registro de Entrada 2.477,
atendido el informe de Intervención de fecha 24 de julio de 2006
y visto el dictamen favorable de la Comisión Informativa de Economía
y Hacienda, esta Alcaldía solicita del Pleno del Ayuntamiento la
aprobación del siguiente
Acuerdo
Desestimar las alegaciones efectuadas por D. José Antonio Herencia
López contra la aprobación inicial del Presupuesto municipal
por no incluirse entre los motivos tasados establecidos por el art. 170
del Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales, de conformidad con el
criterio expresado por la Intervención municipal, y en consecuencia
considerar aprobado definitivamente el Presupuesto municipal para el ejercicio
2006, ordenando su publicación debidamente resumido por capítulos
en el BOCM, entrando en vigor el día siguiente al de su publicación.
Se promueve debate entre D. José Antonio Herencia López y
la Sra. Interventora en el que se discute sobre la finalidad de los fondos
adscritos al Patrimonio municipal del Suelo, intercambiando opiniones sobre
si el destino de la enajenación de terrenos puede destinarse, como
se prevé en el Presupuesto, a vehículos o equipos informáticos,
indicando la Sra. Interventora que ello se adecua a legalidad toda vez que
pueden ser calificados como redes de servicios y equipamiento administrativo
de las previstas en el art. 36 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo
de la Comunidad de Madrid.
D. José Antonio Herencia López afirma que en otros años
dichos conceptos se han calificado como gasto corriente, argumentando la
Sra. Interventora que eso se debía a que tenían por objeto
su reparación y no su adquisición.
Ante las dudas planteadas por parte de la oposición, el Vicesecretario
explica que no cabría a su juicio denegar la aprobación definitiva
del Presupuesto sobre la base de la estimación de alegaciones. Señala
que la parte del Presupuesto que no ha sido objeto de alegaciones ha de
entenderse definitivamente aprobada, y que respecto de la parte afectada
por las mismas, de ser estimadas las alegaciones obligaría a su modificación
para ajustarse a las mismas.
La concejala D. ª Inmaculada Jiménez Hernán manifiesta
que pese a estar fundamentalmente de acuerdo con el contenido de las alegaciones
presentadas, estima que, analizado el informe de la Sra. Interventora, no
es el momento procesal de plantearlas, razón por la cual adelanta
su abstención y se muestra proclive a consensuar la tramitación
de modificaciones presupuestarias posteriores que tengan por objeto dar
curso a las alegaciones planteadas.
La propuesta es sometida a votación, siendo aprobada con
los votos a favor de los concejales del PP, las abstenciones de los representantes
de PSOE y CIGS y el voto en contra del concejal de IU.
4. RECONOCIMIENTO EXTRAJUDICIAL DE CRÉDITO DE FACTURAS DIVERSAS
Por el Sr. Vicesecretario se procede a dar lectura de la propuesta de Alcaldía,
que es del tenor siguiente:
Visto el informe de Intervención emitido en fecha 2 de agosto
de 2006, en relación con el procedimiento y la legislación
aplicable para proceder al reconocimiento extrajudicial de los créditos
que en la parte resolutiva se relacionan, pertenecientes a otro ejercicio
presupuestario, visto el dictamen favorable de la Comisión Informativa
de Economía y Hacienda y de conformidad con lo dispuesto en el artículo
60.2 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, esta Alcaldía propone
al Pleno:
PRIMERO. Aprobar el reconocimiento de los créditos siguientes, correspondientes
a ejercicios anteriores:
R. ENTRADA EMPRESA/ CONCEPTO IMPORTE EUROS
1863-2006 FERAN 1.860,39
1866-2006 FERAN 44,21
1865-2006 FERAN -41,27
1864-2006 FERAN 48,00
1867-2006 FERAN 840,53
1896-2006 GESTION DE ELECTRICIDAD Y SERVICIOS 10.092,25
SEGUNDO. Aplicar con cargo al Presupuesto del ejercicio 2006, los créditos
de referencia, con cargo a las partidas que correspondan.
D. Vicente Javier Esteban Fuentes pregunta el concepto en virtud del cual
ha de pagarse la factura de Gestión de Electricidad y Servicios,
respondiendo D. ª Inmaculada Jiménez Hernán que tiene
relación con la Residencia de Ancianos. En relación a la sentencia
de septiembre de 2005 del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que obliga
al pago de la factura de Gestión de Electricidad y Servicios, y a
pregunta de D. ª Inmaculada Jiménez Hernán, el Vicesecretario
aclara que la firmeza de la sentencia obedece a la imposibilidad de interponer
recurso contra la misma.
D. José Antonio Herencia López pregunta si existen
más sentencias condenatorias, respondiendo la Sra. Interventora
que hay una de la empresa Ortiz Construcciones. Dicho concejal propone que
se vote una por una de las facturas, ya que no está de acuerdo con
el reconocimiento extrajudicial del crédito a favor de FERAM, con
lo que manifiesta estar de acuerdo D. Vicente Javier Esteban Fuentes.
D. ª Inmaculada Jiménez Hernán manifiesta sus dudas sobre
la posibilidad de que las facturas del 2001de FERAM estén prescritas,
respondiendo la Sra. Interventora que quizás sea conveniente que
se saquen de la propuesta de acuerdo las facturas de FERAM de 2001, dado
que si las dudas las plantea la que era la Alcaldesa en el momento en el
que se realizaron los suministros, es conveniente investigar más
profundamente. D. ª Noemí Rodríguez Rubio indica que
esas dudas no deben alcanzar a la de 2004, la cual no se abonó porque
la factura no llegó ni se registró en dicho año.
El Sr. Alcalde decide modificar su propuesta y sacar las cuatro facturas de FERAM de 2001 de la misma dejando la de 2004 con número de registro de entrada 1867 y la correspondiente a la de Gestión de Electricidad y Servicios.
La propuesta con la enmienda descrita es sometida a votación, siendo aprobada con los votos a favor de los concejales del PP y la abstención del resto de concejales.
5. ACUERDO PROVISIONAL, Y DEFINITIVO EN CASO DE NO PRESENTARSE ALEGACIONES
DURANTE EL TRÁMITE DE INFORMACIÓN PÚBLICA, DE IMPOSICIÓN
DE LA TASA POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS URBANÍSTICOS Y APROBACIÓN
DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA MISMA
Por el Sr. Vicesecretario se procede a dar lectura de la propuesta de Alcaldía,
que es del tenor siguiente:
En virtud de la Providencia de Alcaldía de fecha 2 de agosto
2006, el estudio económico del coste de los servicios y actividades
administrativas, el texto íntegro de la Ordenanza fiscal reguladora
de la tasa por prestación de servicios urbanísticos, el informe
de Secretaría de fecha 3 de agosto de 2006 y el dictamen favorable
de la Comisión Informativa de Economía y Hacienda, esta Alcaldía
propone al Pleno el siguiente
Acuerdo
PRIMERO. Aprobar provisionalmente la imposición de la tasa por prestación
de servicios urbanísticos y la Ordenanza fiscal reguladora de la
misma, en los términos en que figura en el expediente
SEGUNDO. Dar al expediente la tramitación y publicidad preceptiva,
mediante exposición del mismo en el tablón de anuncios de
este Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid,
por plazo de treinta días hábiles, dentro de los cuales los
interesados podrán examinarlo y plantear las reclamaciones que estimen
oportunas.
TERCERO. Considerar, en el supuesto de que no se presentasen reclamaciones
al expediente en el plazo anteriormente indicado, que el Acuerdo es definitivo,
en base al artículo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de
5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora
de las Haciendas Locales.
D. Vicente Javier Esteban Fuentes pregunta por los cambios fundamentales
que supone esta Ordenanza respecto de la anterior, repasando entre D. ª
Noemí Rodríguez Rubio y el Vicesecretario las novedades principales,
entre las que señalan la posibilidad de cobrar la tasa en el momento
de iniciarse el servicio, la simplificación de alguna de las cuotas,
el cambio de pesetas a euros y la actualización moderada de los importes.
D. José Antonio Herencia López señala que
del estudio económico-financiero se deriva que la tasa no cubre el
coste del servicio, siendo lógico que así sea, lo
que es confirmado por la Sra. Interventora que manifiesta que lo deseable
desde un punto de vista de la economía municipal es que cubra dichos
gastos pero que en todo caso la Ley permite dicha relación, no así
que lo ingresado fuera mayor que el coste.
D. ª Inmaculada Jiménez Hernán pregunta si, tal y como
deriva del mencionado estudio, se prevé por el equipo de gobierno
la contratación de un Arquitecto a tiempo parcial, respondiendo la
Sra. Interventora afirmativamente. La concejala también señala
que a su juicio el pago de la tasa al momento de iniciarse el servicio va
a originar líos en cuanto a posibles devoluciones, respondiendo D.
ª Noemí Rodríguez Rubio que lejos de suponer un problema
puede ayudar a solucionar diversos aspectos como notificaciones de licencias
que posteriormente no se recogen ni se pagan.
Tanto D. ª Inmaculada Jiménez Hernán como D. Vicente
Javier Esteban Fuentes critican el que no se haya contado con ellos para
la redacción de la Ordenanza, señalando D. ª Noemí
Rodríguez Rubio que no tiene inconveniente en comunicarles las próximas
Ordenanzas que se piense redactar, y concluyendo el Sr. Alcalde que presenten
propuestas que serán bien recibidas.
La propuesta es sometida a votación, siendo aprobada con
los votos a favor de los concejales del PP, la abstención de PSOE
y CIGS y el voto en contra de IU.
6. ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO DE GESTIÓN DEL SERVICIO
PÚBLICO DE LA ESCUELA MUNICIPAL DE MÚSICA
Por el Sr. Vicesecretario se procede a dar lectura de la propuesta de Alcaldía,
que es del tenor siguiente:
Por Providencia de Alcaldía de fecha 15 de junio de 2006, se inició
el expediente para contratar la gestión del servicio de la Escuela
de Música Municipal mediante concesionario.
Considerando que con fecha 16 de junio de 2006, se emitió informe
de Secretaría sobre la Legislación aplicable y el procedimiento
a seguir y con fecha 17 de junio de 2006 se emitió informe de Intervención
sobre los aspectos económicos del contrato citado.
Considerando que con fecha 19 de junio de 2006, se redactó el Pliego
de Cláusulas Administrativas Particulares para la adjudicación
del concurso.
Considerando que por Decreto de Alcaldía 73/2006, de 22 de junio,
se aprobó el expediente de contratación y el Pliego de Cláusulas
Administrativas Particulares, y se procedió a la apertura del procedimiento
de adjudicación de la contratación de la gestión del
servicio de la Escuela de Música Municipal por procedimiento abierto
mediante concurso.
Considerando que se procedió a la publicación del anuncio
de licitación del concurso para la contratación referenciada
en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid n. º 156, de
fecha 3 de julio.
Considerando que con fecha 7 de agosto de 2006, la Mesa de Contratación
realizó propuesta de adjudicación a favor de la empresa Sounds
& Imagination S.L.
Visto y analizado el expediente de contratación así como la
propuesta de adjudicación de la Mesa de Contratación, y gozando
del dictamen favorable de la Comisión informativa de Urbanismo y
Contratación, esta Alcaldía propone al Pleno la adopción
del siguiente
Acuerdo
PRIMERO. Declarar válida la licitación y adjudicar el contrato
de gestión del servicio público de la Escuela de Música
mediante concesión, por procedimiento abierto mediante concurso,
a Sounds & Imagination S.L. en las condiciones que figuran en su proposición
y por un plazo de dos años con opción a prórrogas anuales
hasta otros cuatro, al haber sido valorada su propuesta con 9,05 puntos
por 3,65 puntos de Música Selecta S.L.
SEGUNDO. Notificar el presente Acuerdo a los licitadores que no han resultado
adjudicatarios.
TERCERO. Notificar al adjudicatario, en el plazo de diez días, el
presente Acuerdo y requerirle para que dentro de los quince días
siguientes al de la fecha en que reciba la notificación, presente
el documento que acredite haber constituido la garantía definitiva
y se le cite para la firma del contrato.
CUARTO. Publicar la adjudicación en el Boletín Oficial de
la Comunidad de Madrid en el plazo de cuarenta y ocho días, contados
desde la fecha de adjudicación del contrato.
QUINTO. Facultar a la Alcaldía para la firma de cuantos documentos
sean necesarios para la consecución del Acuerdo del Pleno.
La propuesta es sometida a votación, siendo aprobada por unanimidad
7. ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
DE ENAJENACIÓN DE LAS PARCELAS SITUADAS EN LOS N. º 16, 18,
20, 22, 24, 26, 28, 30, 32, 34 Y 36 DE LA C/ MANOLETE DE LA URBANIZACIÓN
LAS CUMBRES
Por el Sr. Vicesecretario se procede a dar lectura de la propuesta de Alcaldía,
que es del tenor siguiente:
Considerando el informe de Secretaría en relación con
el procedimiento y la Legislación aplicable a la enajenación
de las parcelas situadas en los n.º 16, 18, 20, 22, 24, 26, 28, 30,
32, 34 y 36 de la c/ Manolete de la urbanización Las Cumbres, propiedad
del Ayuntamiento.
Considerando el informe de los Servicios Técnicos Municipales, en
el que se realizó una detallada descripción del lote de bienes
inmuebles, siendo valorado en 892.502,97 euros y considerando que según
el informe de Intervención, el valor del bien inmueble supone entre
el 20 y el 25 % de los recursos ordinarios del Presupuesto.
Considerando el Acuerdo del Pleno en el que se aprobaba el expediente de
enajenación de las parcelas situadas en los n. º 16, 18, 20,
22, 24, 26, 28, 30, 32, 34 y 36 de la c/ Manolete de la urbanización
Las Cumbres y su Pliego de Condiciones, publicándose la licitación
en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid n. º 156 de
fecha 3 de julio de 2006.
Considerando las proposiciones presentadas por H.C. Guadalvir Construcciones,
S.A., Arquitectura y Diseño 2010 S.L. y Nuevo Collado, S.L.
Considerando la apertura de plicas y que la Mesa de Contratación
eleva propuesta al órgano contratante en favor de Arquitectura y
Diseño 2010 S.L.
Realizada la tramitación legalmente establecida y visto el dictamen
favorable de la Comisión informativa de Urbanismo y Contratación,
esta Alcaldía solicita al Pleno la adopción por mayoría
absoluta del número legal de miembros de la Corporación del
siguiente acuerdo:
PRIMERO. Declarar válida la licitación y adjudicar la enajenación
de las parcelas situadas en los n. º 16, 18, 20, 22, 24, 26, 28, 30,
32, 34 y 36 de la c/ Manolete de la urbanización Las Cumbres, por
procedimiento urgente mediante concurso, a Arquitectura y Diseño
2010, S.L., por el precio de 941.591 euros y plazo de cinco días
para comenzar los actos edificatorios después de la concesión
de la licencia.
SEGUNDO. Anotar la enajenación en el Inventario municipal de bienes
al efecto de actualizarlo, una vez formalizada la enajenación.
TERCERO. Notificar al adjudicatario y al resto de licitadores, en el plazo
de diez días, el presente Acuerdo y se le requiera para que dentro
del mes siguiente al de la fecha en que reciba la notificación, se
realice el pago y se formalice la Escritura pública.
CUARTO. Remitir la documentación necesaria al Registro de la Propiedad
para que efectúe los oportunos asientos registrales.
QUINTO. Facultar al Alcalde para que suscriba todas las actuaciones que
se deriven del expediente, entre ellas la firma de la Escritura pública
de enajenación.
SEXTO. Dar cuenta a la Comunidad de Madrid por ser el importe de la enajenación
superior al 20% de los recursos ordinarios del Ayuntamiento.
Se promueve debate interviniendo en primer lugar D. Vicente Javier Esteban
Fuentes que pregunta si el importe de la enajenación se va a destinar
a la financiación de la contratación de la obra de sustitución
de la red de suministro de agua potable, asintiendo el Sr. Alcalde. Pregunta
por el estado de ejecución de la obra, respondiendo el mandatario
que ya se ha adjudicado el contrato pero que se ha decidido retrasarla por
diversas cuestiones puestas de manifiesto por los técnicos.
D. José Antonio Herencia López pregunta si se han
obtenido ya los permisos necesarios para ejecutar la obra, entre ellos la
Declaración de impacto ambiental, respondiendo el Sr. Alcalde que
se ha puesto en conocimiento de diversos organismos el inicio de las obras.
D. ª Inmaculada Jiménez Hernán anuncia que se va a oponer
a la adjudicación de las parcelas por cuanto entiende que debió
haberse licitado una a una con el fin de favorecer colectivos con dificultades
de acceso a la vivienda. D. ª Noemí Rodríguez Rubio le
recuerda que este concurso tiene su origen precisamente en la declaración
de desierto del anterior en el que se licitó una a una las parcelas,
sin que se presentara ninguna oferta.
La propuesta es sometida a votación, siendo aprobada por
mayoría absoluta con los votos a favor de todos los concejales del
PP y PSOE y los votos en contra de los concejales de IU y CIGS.
8. PROPUESTA DE NOMBRAMIENTO DEL JUEZ DE PAZ DE GUADALIX DE LA
SIERRA
Por el Sr. Vicesecretario se procede a dar lectura de la propuesta de Alcaldía,
que es del tenor siguiente:
Teniendo presente el hecho de que próximamente quedarán
vacante los cargos de Juez de Paz, titular y sustituto, así como
la convocatoria a que se refieren los artículos 101.1 de la Ley Orgánica
6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y artículos 4 y 5 del Reglamento
3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz.
Visto que asiste quórum suficiente para poder llevar a cabo la elección.
Teniendo en cuenta que únicamente se ha presentado una solicitud
a nombre de D. Ángel Luis Ballesteros Revilla, con DNI núm.
º 978843-D, actual Juez de Paz, que declara que no concurre en él
causa alguna de incapacidad y de incompatibilidad.
Y considerando los artículos 22.2 p) y artículo 22.4 de la
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local,
artículo 101.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del
Poder Judicial, artículo 4 y artículo 6 del Reglamento 3/1995,
de 7 de junio, de los Jueces de Paz, esta Alcaldía propone al Pleno,
de conformidad con el dictamen favorable de la Comisión informativa
de servicios, asuntos sociales y organizativos la adopción del siguiente
acuerdo por mayoría absoluta del número legal de miembros:
PRIMERO. Proponer el nombramiento de D. Ángel Luis Ballesteros Revilla,
con DNI núm. º 978843-D, domiciliado en Guadalix de la Sierra,
como Juez de Paz titular de Guadalix de la Sierra.
SEGUNDO. Dar traslado del presente Acuerdo al Juez Decano de Primera Instancia
e Instrucción del Partido Judicial, que lo elevará a la Sala
de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (artículo
101.3 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial
y artículo 7 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces
de Paz).
La propuesta es sometida a votación, siendo aprobada por mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación al votar a favor del nombramiento de D. Ángel Luis Ballesteros Revilla todos los concejales de la Corporación salvo el concejal de IU que se abstiene.
9. APROBACIÓN INICIAL, Y DEFINITIVA EN EL CASO DE NO PRESENTARSE
ALEGACIONES DURANTE EL TRÁMITE DE INFORMACIÓN PÚBLICA,
DEL REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERIOR DE LA ESCUELA MUNICIPAL DE MÚSICA
Por el Sr. Vicesecretario se procede a dar lectura de la propuesta de Alcaldía,
que es del tenor siguiente:
Visto el informe de Secretaría de fecha 2 de agosto de 2006,
sobre la Legislación aplicable y el procedimiento a seguir para la
aprobación del Reglamento de Régimen interior de la Escuela
municipal de Música de Guadalix de la Sierra
Visto el proyecto elaborado por la empresa Sounds & Imagination S.L.
Realizada la tramitación legalmente establecida, visto el dictamen
favorable de la Comisión informativa de servicios, asuntos sociales
y organizativos y vista la competencia del Pleno, en virtud de los artículos
22.2.d) y 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del
Régimen Local, esta Alcaldía propone al Pleno la adopción
del siguiente
Acuerdo
PRIMERO. Aprobar inicialmente el Reglamento de Régimen interior de
la Escuela municipal de Música de Guadalix de la Sierra en los términos
en que figura en el expediente.
SEGUNDO. Someter dicho Reglamento a información pública y
audiencia de los interesados, con publicación en el Boletín
Oficial de la Comunidad de Madrid y tablón de anuncios del Ayuntamiento,
por el plazo de treinta días para que puedan presentar reclamaciones
o sugerencias, que serán resueltas por la Corporación. De
no presentarse reclamaciones o sugerencias en el mencionado plazo, se considerará
aprobada definitivamente sin necesidad de Acuerdo expreso por el Pleno.
Se promueve debate interviniendo en primer lugar D. ª Inmaculada
Jiménez Hernán que plantea el introducir una Enmienda en el
Reglamento que contemple que en el caso de no ser suficiente el número
de plazas se de preferencia a los empadronados sobre los no empadronados.
Tanto D. José Antonio Herencia
López como el Vicesecretario y la Interventora manifiestan las dudas
de legalidad que les ocasiona dicha enmienda. Aún así,
el Sr. Alcalde manifiesta estar de acuerdo con la misma y decide
incluirla en el Reglamento.
La concejala también plantea la necesidad de que las actividades
organizadas por el Director de la Escuela de Música se desarrollen
con el visto bueno de la Concejalía correspondiente y que el
Director de la Escuela de Música sea nombrado por el Sr. Alcalde.
La propuesta con las dos enmiendas es sometida a votación, siendo
aprobada por todos los concejales de la Corporación salvo el representante
de IU que se opone a las enmiendas planteadas por D. ª Inmaculada Jiménez
Hernán.
10. APROBACIÓN DEL CONVENIO ADMINISTRATIVO DE COLABORACIÓN
ENTRE ESTE AYUNTAMIENTO Y LA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA E INNOVACIÓN
TECNOLÓGICA DE LA COMUNIDAD DE MADRID EN MATERIA DE RECOGIDA DE ANIMALES
VAGABUNDOS Y/O ABANDONADOS
Por el Sr. Vicesecretario se procede a dar lectura de la propuesta de Alcaldía,
que es del tenor siguiente:
Visto el informe de Secretaría de fecha 2 de agosto de 2006,
sobre la aprobación del Convenio administrativo de colaboración
entre este Ayuntamiento y la Consejería de Economía e Innovación
Tecnológica de la Comunidad de Madrid en materia de recogida de animales
vagabundos y/o abandonados.
Y recibido en el Ayuntamiento el texto negociado del Convenio de Colaboración,
esta Alcaldía, de conformidad con el dictamen favorable de la Comisión
Informativa de servicios, asuntos sociales y organizativos, propone al Pleno
la adopción por mayoría absoluta del número legal de
miembros, de conformidad con lo establecido en el artículo 47.2.h)
de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen
Local, del siguiente
Acuerdo
PRIMERO. Aprobar el texto del Convenio administrativo de colaboración
entre el Ayuntamiento de Guadalix de la Sierra y la Consejería de
Economía e Innovación Tecnológica de la Comunidad de
Madrid en materia de recogida de animales vagabundos y/o abandonados, en
los términos en que figura en el expediente.
SEGUNDO. Publicar el presente Acuerdo, con el texto del Convenio, de conformidad
con el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, en el Boletín Oficial de la Comunidad
Autónoma, una vez suscrito el mismo.
TERCERO. Facultar al Alcalde, como Presidente de esta Corporación
y en representación de este Ayuntamiento, de conformidad con lo establecido
en el artículo 21.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora
de las Bases del Régimen Local, para suscribir el citado Convenio
de Colaboración y cuantos documentos sean necesarios en su ejecución.
Se promueve debate interviniendo en primer lugar
D. Vicente Javier Esteban Fuentes que pregunta por la población
de Guadalix de la Sierra toda vez que el Convenio sólo puede ser
suscrito por municipios con población inferior a 5.000 habitantes,
respondiendo el Sr. Alcalde que conforme a los últimos datos
oficiales publicados por el INE, la población de derecho de este
municipio a 1 de enero de 2005 es de 4.963 vecinos.
D. José Antonio Herencia López pone de manifiesto
las divergencias entre esos datos de hace año y medio y los actuales
que ofrece el padrón municipal, manifestando que éstos
últimos acreditan que se ha superado hace tiempo la barrera de los
5.000 habitantes y que la recogida de animales vagabundos o abandonados
es un servicio que por tanto ha de prestar por si mismo el Ayuntamiento,
por lo que considera que el Convenio puede ser ilegal. D. ª Noemí
Rodríguez Rubio manifiesta que los datos oficiales del INE benefician
en este caso al Ayuntamiento, algo que no ocurre siempre por ejemplo en
el reparto de fondos estatales, señalando el Sr. Alcalde
que lo que es evidente es que la interpretación que hace el equipo
de gobierno sobre cómo y cuándo computar la población
de Guadalix de la Sierra es beneficiosa para el municipio ya que
va a permitir la colaboración de la Comunidad de Madrid.
El concejal también pregunta por como se articulará el servicio
de vigilancia y control que contempla el Convenio, indicando el Sr. Alcalde
que se hará si es posible con la ayuda de la Comunidad de Madrid
y que las instalaciones estarán en el Club Náutico.
También pregunta el concejal si existe censo de animales
respondiendo el Sr. Alcalde que no.
La propuesta es sometida a votación, siendo aprobada por
mayoría absoluta al votar a favor todos los concejales salvo el representante
de IU que vota en contra.
11. ADHESIÓN AL CONVENIO ADMINISTRATIVO DE COLABORACIÓN
SUSCRITO ENTRE EL ORGANISMO AUTÓNOMO JEFATURA CENTRAL DE TRÁFICO
Y LA FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE MUNICIPIOS Y PROVINCIAS PARA EL
INTERCAMBIO DE INFORMACIÓN Y LA MUTUA COLABORACIÓN ADMINISTRATIVA
Por el Sr. Vicesecretario se procede a dar lectura de la propuesta de Alcaldía,
que es del tenor siguiente:
RESULTANDO que con fecha 15 de marzo de 2006 se firmó convenio
de colaboración entre el Organismo Autónomo Jefatura Central
de Tráfico y la Federación Española de Municipios y
Provincias para el intercambio de información y la mutua colaboración
administrativa.
Y CONSIDERANDO que la adhesión a dicho convenio por el Ayuntamiento
de Guadalix de la Sierra permitiría a los ciudadanos tramitar en
el Ayuntamiento el cambio de domicilio de su permiso de conducción
y circulación sin necesidad de desplazarse hasta la Jefatura Provincial
de Tráfico, esta Alcaldía, de conformidad con el dictamen
favorable de la Comisión Informativa de servicios, asuntos sociales
y organizativos, propone a al Pleno de conformidad con la cláusula
segunda de dicho Convenio la adopción del siguiente acuerdo por mayoría
absoluta del número legal de miembros:
1º- Solicitar la Adhesión íntegra al Convenio suscrito
entre el Organismo Autónomo Jefatura Central de Tráfico y
la Federación Española de Municipios y Provincias para el
intercambio de información y mutua colaboración administrativa.
2º -Autorizar al Sr. Alcalde para que, en nombre y representación
de la Corporación realice cuantas gestiones y suscriba cuantos documentos
resulten necesarios en orden al correcto cumplimiento de este acuerdo.
La propuesta es sometida a votación, siendo aprobada por unanimidad.
12. MOCIONES DE URGENCIA
El Sr. Alcalde pregunta si los grupos municipales desean presentar alguna moción de urgencia, no presentándose ninguna.
13. RUEGOS Y PREGUNTAS
D. Vicente Javier Esteban Fuentes hace las siguientes preguntas y ruegos:
1) ¿En qué estado se encuentran las obras de construcción
de la sección del Instituto? ¿Es cierto que van a instalarse
barracones ante su retraso?
El Sr. Alcalde responde que la Consejería de Educación
es bastante optimista en cuanto a la conclusión de las obras antes
del comienzo del curso, pero que en todo caso no existe ninguna
propuesta de la Comunidad de Madrid de instalar los citados barracones.
2) ¿Cuántas plazas para niños va a tener la futura
Escuela Infantil? ¿Se ha suministrado ya el material por la Comunidad
de Madrid?
El Sr. Alcalde responde que para la Casa de Niños habrá dos
aulas de 2-3 y 1 aula de 1-2 y que el resto se hará conforme establece
el Programa de la Escuela Infantil. Anticipa el Sr. Alcalde que en la Escuela
Infantil queda alguna vacante.
Respecto de la segunda pregunta contesta afirmativamente y concreta que
se dicho material se encuentra en el antiguo colegio.
3) ¿Cómo se financia la modificación presupuestaria
aprobada por Decreto para generar el crédito correspondiente al pago
de las 11 plazas de Educadores Infantiles?
Responde la Sra. Interventora que parte lo paga la Comunidad de Madrid y
parte se financia con cargo a gasto corriente del Ayuntamiento (partidas
presupuestarias 120 y 121) y Concreta el Sr. Alcalde que al Ayuntamiento
sólo le corresponde el 16% del coste.
D. José Antonio Herencia López abandona la sesión,
siendo las 20,30 horas.
4) ¿Cuáles son las funciones que pueden desarrollar
los nuevos Policías?
D. ª Nuria Blanco Márquez afirma que estarán de prácticas
hasta el 31 de octubre de este año, añadiendo el Sr. Alcalde
que lógicamente las funciones no son las mismas que las que deberán
asumir cuando tengan el nombramiento definitivo. D. ª Nuria Blanco
Márquez afirma que pueden hacer denuncias por infracciones de tráfico.
El Vicesecretario señala que a pesar de que no tengan de momento
la categoría de agente de la autoridad, pueden poner multas, si bien
no gozan de la presunción de veracidad que les atribuye el ordenamiento
jurídico a los agentes de la autoridad, tal y como acontece con los
agentes del servicio de estacionamiento limitado de las grandes ciudades.
5) ¿Qué gestiones se han llevado a cabo en relación
al repetidor de Televisión?
El Sr. Alcalde señala que en relación a la imposibilidad de
visionar en Guadalix de la Sierra el Mundial a través de La Sexta,
ha mantenido diversas conversaciones con Retevisión al respecto,
y que la responsabilidad para dotar de oportuna cobertura a los municipios
compete al Ministerio de Industria y no al Ayuntamiento, el cual realizó
todas las gestiones oportunas.
El concejal pregunta también por las gestiones realizadas para que
se pueda ver la Televisión Digital Terrestre, respondiendo D. Pedro
Luis López García que es un problema de cobertura que debe
solucionar Retevisión que es a la Entidad que se ha cedido el repetidor.
6) Pregunta por el estado de las modificaciones puntuales de las
NN.SS. que se han ido aprobando en el Ayuntamiento, dado que en
el Pleno de 1 de junio de 2006 se afirmó por el Sr. Alcalde que se
estaba a la espera del informe medioambiental de la Comunidad de Madrid.
D. Pedro Luis López García responde que se fue personalmente
a la Consejería de Medio Ambiente y se dijo que habían vuelto
a remitir las modificaciones a la Consejería de Urbanismo. Señala
el Sr. Alcalde que se va a remitir una carta certificada a la Comunidad
de Madrid para que concreten en que estado están las citadas modificaciones.
7) Indica que sigue pensando que la modificación que trae causa en
el Convenio conocido como Prado de la Noria no ha sido remitida a la Comunidad
de Madrid, insistiendo el Sr. Alcalde en la carta que va a remitirse
a la Comunidad de Madrid.
8) Pregunta por la situación de la parcela en la que se ubica cierto
ganado vacuno y que se encuentra lindando con la futura Escuela Infantil,
dado que en el Pleno de 26 de junio de 2006 el Sr. Alcalde manifestó
que se iba a iniciar un procedimiento de desahucio.
El Sr. Alcalde responde que se ha hablado con el propietario y que ante
la falta de acuerdo se va a iniciar el correspondiente procedimiento judicial,
para lo cual se ha solicitado al Notario copia protocolarizada del Proyecto
de Compensación.
9) Pregunta por la rotonda solicitada en la Urbanización Las Cumbres
para evitar los accidentes y atropellos, respondiendo el Sr. Alcalde que
tanto los Servicios Técnicos del Ayuntamiento como la Dirección
General de Carreteras de la Comunidad de Madrid afirman que la construcción
de dicha rotonda es hoy por hoy imposible pero que seguirán procediendo
a su estudio. Afirma también que ha sido concedida una parada
de autobús para dicha zona.
10) Ruega al Sr. Alcalde que las convocatorias del Pleno se expongan en
el tablón de anuncios, respondiendo el Vicesecretario que esa es
una responsabilidad suya y no del Alcalde y que cumplirá con lo requerido.
11) Pregunta por el Decreto 77/2006 por el que se aprueba el expediente
de contratación de la redacción del proyecto de ampliación
del Edificio municipal.
El Sr. Alcalde responde que se recibió una carta por la Comunidad
de Madrid en la que se afirmaba que no se podía sustituir la actuación
solicitada.
12) Pregunta por el Decreto 79/2006 por el que se aprueba el expediente
de contratación de la redacción del proyecto del Consultorio
local.
El Sr. Alcalde responde que al igual que el proyecto de ampliación
del Edificio municipal está ya adjudicada por Decreto su redacción.
13) Pregunta por el Decreto 83/2006, respondiendo el Sr. Alcalde que aprueba
determinadas obras pequeñas en el Colegio.
14) Ruega que se informe a la oposición de las Fiestas patronales,
respondiendo D. Pedro Luis López García que aún se
están perfilando los carteles pero que aún no han sido decididos,
señalando que se informará tal y como ha pedido el concejal
del PSOE.
D. ª Inmaculada Jiménez Hernán hace las siguientes preguntas
y ruegos:
1) Pregunta por el Decreto mediante el que se aprueba la segunda certificación
de la Obra de pavimentación de aceras.
El Sr. Alcalde responde que la finalidad de la certificación es cobrar
la parte de la obra financiada por el PRISMA, para lo cual se han certificado
excesos de unidades para justificarlo. En todo caso, añade el Sr.
Alcalde, eso no supone liquidar el contrato ya que existen informes de los
SS.TT. municipales que acreditan que faltan unidades de obra contempladas
en el Proyecto, ciñendo por tanto el acuerdo con la empresa a presentar
la certificación para cobrar el PRISMA.
2) En relación al Decreto 77/2006 por el que se aprueba el expediente
de contratación de la redacción del proyecto de ampliación
del Edificio municipal y a la carta de la Comunidad a la que ha hecho referencia,
desea que se deje constancia de que en el acuerdo de Pleno en el que se
decidió destinar la subvención del Programa de Cooperación
a la construcción de la Escuela de Música no se sustituyó
ninguna actuación, sino que se limitó a concretarla.
El Sr. Alcalde se remite a la carta de la Comunidad de Madrid.
3) Respecto de los Decretos 81/2006 y 85/2006 relativos al concurso para
proveer definitivamente la plaza de Vicesecretaría afirma que no
se informado a la Oposición y que existe un acuerdo de Pleno de hace
varios años en el que se decidía que en los Tribunales de
Selección de Personal deberían estar todos los grupos políticos
representados.
D. ª Nuria Blanco Márquez señala que en todos los procesos
selectivos han estado representados los grupos políticos de la oposición.
El Vicesecretario señala que desconoce dicho acuerdo de Pleno conminando
a la concejala a que le concrete la fecha del citado acuerdo. No obstante,
añade, la aplicación de dicho acuerdo es ciertamente problemática
en supuestos como éstos en los que propone el nombramiento de Habilitados
Nacionales, dado que la Ley exige que el Tribunal sea predominantemente
técnico y que goce de un nivel de conocimientos al menos igual al
que se exige para el puesto, esto es, una licenciatura universitaria. De
ahí que el Tribunal estuviese compuesto por otra habilitada nacional
como es la Interventora municipal y por una representante de la Comunidad
de Madrid, al margen de la presidencia que por Ley debe recaer en el Sr.
Alcalde o concejal en quien delegue. Señala además que en
todo caso el proceso es reglado y el Tribunal debe limitarse a valorar los
méritos aportados por los solicitantes y a elevar la propuesta al
Ministerio de Administraciones públicas, que es quien nombra al funcionario
con habilitación de carácter nacional.
4) Pregunta por la presupuestación de la ampliación del Gimnasio,
respondiendo el Sr. Alcalde que se ha solicitado a la Consejería
de Educación su ampliación pero que aún no han contestado.
5) Ruega que permanezca como está la Casa de Niños y que se
deje de suprimir y mezclar aulas con la Escuela Infantil.
El Sr. Alcalde explica que la Casa de Niños no puede funcionar igual
que el año pasado pero que se seguirá con el Programa y señala
que la incompatibilidad entre Casa de Niños y Escuela Infantil no
reside en que estén en el mismo edificio, sino en que en aquella
no puede prestarse el servicio de comedor y horario ampliado.
6) Pregunta por las plazas del personal para la limpieza y el comedor de
la Escuela Infantil, respondiendo el Sr. Alcalde que el primero se seleccionará
de la Bolsa de Empleo y el segundo será objeto de licitación.
7) Pregunta por las gestiones realizadas para que los autobuses que pasan
por la N-I entren en Guadalix de la Sierra, ya que en un Pleno anterior
el Sr. Alcalde manifestó que lo había solicitado por escrito,
requiriendo dicho escrito.
El Sr. Alcalde manifiesta que efectivamente lo ha planteado al Consorcio
de Transportes y pedirá contestación.
8) Pregunta por la reunión mantenida con la Subdelegación
de Gobierno para tratar el tema de la Seguridad en Guadalix de la Sierra,
respondiendo el Sr. Alcalde que se solicitó una nueva reunión
hace tiempo y que aún no se ha concretado la fecha.
Y no habiendo más asuntos que tratar, se levanta la sesión
a indicación de la Presidencia, cuando son las 21,15 horas, de la
cual se extiende la presente Acta, que es firmada por el Alcalde-Presidente
y por esta Secretaría General, que la certifico.
El Alcalde-Presidente,
El Vicesecretario,
Ángel Luis García Yuste
José Carlos Pascual Echalecu